La iniciación del proceso. La condición de parte procesal.


19 de mayo, 2014

Dpto. Prensa Burovoz


236. Posibles irregulariades en las grabaciones. Comentando dirvesas irregulariades que pueden surgir en la grabación de conversaciones telefónicas, la sentencia del Tribunal Supremos de 5 de junio de 1999, señala que "la circunstancia de que las grabaciones originales hayan sido regrabadas en otras cintas es, en realidad, irrelevante, en la medida en la que no significa ninguna alteración del contenido. Es claro que tampoco tiene trascendencia que no se hayan conservado los originales, dado que, en todo caso, no se alega que la reproducción del as grabaciones no coincida con ellas. Por otra parte en la medida en la que las cintas con el contenido íntegro de las grabaciones estaban incorporadas a la causa y podían se reproducidas en cualquier momento y, especialmente, en el juicio oral, la presencia del juez en la transcripción autorizada por el Secretario Judicial es innecesaria, toda vez que la transcripción no tiene una función procesal decisiva, sino simplemente de permitir el acceso al contenido de las cintas mediante lectura.

"La prueba, como es claro, no es la transcripción, sino la grabación que, en todo caso, siempre puede ser reproducida y confrontada con la transcripción si ello es necesario"."

Burovoz aplica las máximas garantías tanto técnicas como jurídicas para la generación y custodia de la prueba. Custodiando el 100% de la prueba desde el mismo momento de su generación. Estas medidas dan valor añadido ante un posible recurso y de la prueba. Alegando manipulación, o posible pruebas biométricas de voz en un proceso de cotejo.

Equipo Burovoz